
El feriado del 10 de Agosto, por el Primer Grito de la Independencia, se traslada al lunes 9 del presente mes, que según la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo o también llamada Ley de Feriados Nacionales, aprobada en el 2016 por la Asamblea Nacional establece que “cuando los días feriados de descanso obligatorio establecidos en esta Ley, correspondan al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior.
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