Hasta el 30 de mayo sin recargo la Patente Municipal

La Dirección Financiera del Municipio de Loja da a conocer que, la fecha de vencimiento para la emisión sin intereses ni recargos, por el pago de impuesto a la patente municipal e impuesto a los activos totales, es el día martes 30 de mayo de 2023. Quienes deben hacerlo, son todas la personas naturales y jurídicas que realizan actividad económica en el cantón Loja.

Con la finalidad de evitar aglomeraciones en las ventanillas de la Jefatura de Rentas Municipales y de acuerdo a lo que determina el Artículo 340 de Código orgánico de organización territorial, COOTAD; se ha dispuesto que la emisión de títulos de crédito por estos conceptos se lo realice entre los meses de enero y marzo conforme el último dígito de la cédula o el Registro Único de Contribuyentes RUC, según establece el calendario para este fin: Enero 1,2,3; febrero, 4,5 , 6 y marzo, 7,8,9 y 0.

Además, se han establecido un cronograma para las adjudicatarias de los mercados de la ciudad y parroquias en este 2023:

  • Enero, el Mercado Centro Comercial
  • Del 01 de febrero hasta 11 de marzo, el Mercado Mayorista (7 Sectores)
  • Del 13 de marzo hasta el 28 de abril del 2023

Mercado Nueva Granada

Mercado Pequeño Productor

Mercado Tebaida

Mercado San Sebastián

Mercado de Parroquias rurales del cantón Loja.

Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, lo pueden hacer desde el 17 de abril hasta el 30 de mayo (todos los dígitos).

Adicionalmente, se recuerda que los requisitos que cada contribuyente deberá presentar en las ventanillas de la Jefatura de Rentas Municipales previo emisión de títulos de crédito, son los siguientes:

  1. Patente Inicial:

Copia de RUC (actualizado)

Copia del pago de la tasa del Cuerpo de Bomberos

  1. Renovación de Patente:

Copia de RUC (actualizado)

Copia de pago de la tasa del Cuerpo de Bomberos

Declaraciones del IVA (12 meses ejercicio económico inmediato anterior)

Declaración del Impuesto a la Renta (contribuyentes obligados a llevar contabilidad y/o que sobrepasen la base imponible)

Declaraciones semestrales de IVA (artesanos calificados)

  1. Cierre de Patente:

Copia de RUC o certificación de cierre de RUC

Copia de pago de tasa del Cuerpo de Bomberos

Declaraciones del IVA o Impuesto a la Renta del ejercicio económico inmediato anterior o anticipada correspondiente al ejercicio económico en curso (según el caso)

  1. Documentos adicionales según sea el caso:

Cuadro Distributivo de Ingresos (cuando el contribuyente realice actividad económica en más de un cantón u otras provincias)

Copia de carné artesanal actualizado (artesanos calificados)

Cabe indicar, que los contribuyentes deberán de manera obligatoria entregar datos personales y susceptibles de verificación, de acuerdo al Artículo 150 del Código Tributario, como:

  • Apellidos y Nombres completos
  • Numero de cédula, pasaporte o RUC, según el caso
  • Dirección domiciliaria actualizada
  • Número de teléfono fijo y/o celular
  • Correo electrónico valido.

Les recordamos, que estos pagos se los puede hacer en línea a través de la opción  de “trámites en línea”, en la página institucional www.loja.gob.ec