Ordenanza de la Huella Ambiental en Registro Oficial

Con registro oficial N°971 del 27 de marzo de 2017, se publica la Ordenanza que regula la implementación de prácticas amigables para reducir el índice de la huella ecológica en el cantón Loja.

Tiene como objetivo generar una política pública local orientada a promover prácticas ambientales adecuadas en distintos ámbitos que permitan reducir el índice de huella ecológica, a través de la participación ciudadana, sector privado y público.

Detalles

El concejal Darío Jaramillo quien propuso la Ordenanza, detalla que esta norma tendrá varios capítulos, el primero ya fue aprobado y se encamina a modificar los hábitos de consumo específicamente en el uso de fundas plásticas para transportación.

El Edil indica que la funda tiene tres momentos: primaria, uso exclusivo para empaque directo del productos; intermedia, para productos expendidos por peso menos a 2.5 kg.; y, final, para el transporte de las compras (fundas tipo camisetas). Es allí en donde la Municipalidad apunta a disminuir el consumo, considerando eliminar las fundas, y en su lugar usen bolsos confeccionados con materiales resistentes como tela, lona, yute, canastos.

Plazos y estímulos

A decir de Jaramillo a partir de agosto de 2017 en la ciudad de Loja, para la etapa final o transportación, únicamente queda autorizado la utilización de bolsos reutilizables. La Ordenanza también contempla estímulos para aquellas empresas que siendo grandes generadoras de bolsas plásticas promuevan campañas ambientales. “A ellos se les dará  reconocimientos específicos en la sesión solemne por la Fundación de Loja”, sustenta.

Sanciones

Asimismo hay sanciones para quienes despachen fundas plásticas tipo camisetas a pesar de estar en vigencia la ordenanza. Por primera vez, será notificado el local comercial y se dispondrá el retiro inmediato del producto, si persiste, a más del retiro, se sancionará con una multa equivalente al 50% de una remuneración básica unificada, por tercera infracción, retiro del material más multa equivalente al 75% de un salario básico unificado y por cuarta vez, un salario básico, más el retiro del producto.

Asimismo el Art. 10 del primer capítulo de esta Ordenanza estipula que la Dirección de Higiene, en coordinación con la Dirección de Gestión Económica a través de la Bolsa Global de Emprendimiento y Trabajo, promoverán a las organizaciones de la economía popular y solidaria, como a comerciantes de plásticos de la urbe, la fabricación y comercialización de bolsos reutilizables.

Darío Jaramillo enfatiza que es la primera fase de esta Ordenanza, ya que al ser Loja parte de una iniciativa de la CAF en el proyecto Huellas de Ciudades, entregó al Municipio indicadores numéricos de cómo “estamos los lojanos consumiendo agua, carbono, generando ruido (...) y esta Ordenanza  irá construyendo capítulos conforme se genere buenas prácticas ambientales”, finaliza.