1. Solicitud en especie valorada de la Institución, dirigida al Jefe de Avalúos y Catastros (hacer constar: número de cédula, número de teléfono y correo electrónico del propietario). Adquirir en la ventanilla N°12 de Recaudaciones.
2. Copia del pago del impuesto predial vigente.
3. Copia de cédula de los propietarios (pasaporte en caso de extranjeros) (poder Notarial en caso de representantes y/o autorización de existir herederos).
Art. 19, literal a) Ordenanza 0044-2021 “Aprobación de Plano de Zonas Homogéneas y de Valoración de la Tierra Rural, así como la Determinación, Administración y Recaudación del Impuesto a los Predios Rurales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Loja, que regirán en el Bienio 2022-2023”.
Solicitud en especie valorada de la Institución dirigida al Jefe de Avalúos y Catastros (deberá constar: número de cédula, número de teléfono y correo electrónico). Firmado por el propietario. Adquirir en la Ventanilla de Información de Recaudaciones.
Copia de cédula del propietario.
Extranjeros: copia del pasaporte.
Personas jurídicas: copia del RUC.
Copias simples de escritura debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad.
Formulario suscrito por el interesado, de acuerdo al formato establecido por el GADM; Incluir número de teléfonos, correos electrónicos del solicitante.
Copia de la cédula del propietario
Copia de las escrituras del inmueble o Informe de Nueva Linderación/Amojonamiento inscrito en el Registro de la Propiedad.
Copia del pago del predio urbano vigente.
Certificado Linderado del Registro de la Propiedad Actualizado.
Solicitud en especie valorada dirigida al Jefe de Regulación y Control Urbano o Centro Histórico, suscrita por el propietario, especificando el uso de suelo requerido; incluir número de teléfonos, correos electrónicos del solicitante y proyectista.
Copia de la cédula del solicitante.
Copia del pago del predio urbano vigente del predio solicitado.
Copia del RUC.
Pago de la tasa administrativa por emisión del Informe de Asignación y/o Compatibilidad de Uso de Suelo (2 % del Salario Básico Unificado)