Aprobación de pasos de sevidumbre de aguas lluvias y servidas

  1. El usuario mediante oficio dirigido a la Dirección de UMAPAL, solicitará que se le autorice el paso de servidumbre y deberá adjuntar todos los requisitos solicitados para este trámite.
  2. Inspección técnica para determinar si amerita el paso de servidumbre y el lugar de menor afectación para el predio sirviente.
  3. Notificación al propietario del predio sirviente, con el fin de socializar el paso de servidumbre e intentar que el mismo se lo pueda hacer por mutuo acuerdo por parte de los dueños de los predios dominantes y sirvientes.
  4. En caso que no llegarán a un acuerdo entre los propietarios de los predios dominantes y sirvientes, se procederá a realizar un informe técnico que será entregado mediante memorando a Alcaldía para conocimiento y aprobación de Cabildo. El mismo que deberá contener:
    • Objeto
    • Antecedetes
    • Propuesta Técnica
    • Marco Legal
    • Especificaciones técnicas
    • Plazo
    • Aclaraciones
    • Conclusiones donde deberá constar el área de afectación del predio sirviente.
    1. Casos Especiales
      • En caso de que la servidumbre pase por varios predios o tenga una gran longitud, el dueño del predio dominante entregará un diseño de la red realizado por un ingeniero civil y deberá contener: memoria técnica, cálculo, planos (planimetría, perfiles y detalles constructivos), el mismo que deberá ser aprobado por el departamento técnico de UMAPAL y se anexara al informe técnico.
      • En caso que la servidumbre pase por un terreno de propiedad del Municipio de Loja, el técnico encargado de realizar el informe, deberá solicitar al Departamento de Bienes y Patrimonio una Certificación que indique que el predio por donde va a pasar la servidumbre pertenece al Municipio de Loja 
  5. Alcaldía mediante Secretaria General envía al departamento jurídico el Informe Técnico con todo el expediente del trámite, para su revisión y emisión de un criterio jurídico.
  6. El departamento jurídico luego de revisar todo el informe y expediente, procede a emitir un Criterio Jurídico, si existe observaciones deberá ser corregido por parte de la UMAPAL o de lo contrario pasara a Secretaria General para que proceda a realizar la notificación del inicio del proceso administrativo al propietario  del predio sirviente.
  7. En sesión de Cabildo se conocerá el Informe Técnico y  se procederá aprobar el mismo mediante votación de cada uno de los concejales del cantón.

Requisitos para la aprobación de pasos de servidumbre de aguas lluvias y servidas

  1. Solicitud dirigida a la Directora de UMAPAL, por parte del dueño del predio dominante. (hoja de papel valorado)
  2. Copia de cédula  del propietario del predio dominante.
  3. Pago del impuesto predial actualizado del predio dominante.
  4. Certificado simple actualizado de la Registraduría de la Propiedad del predio dominante y sirviente

Requisitos para la aprobación de pasos de servidumbre de aguas lluvias y servidas de barrios

En caso que la servidumbre a construirse sea para evacuar las aguas servidas y/o lluvias de una red de un barrio, se pedirá los siguientes requisitos:
  1. Solicitud dirigida a la Directora de UMAPAL, por parte del presidente del barrio. (hoja de papel valorado)
  2. Copia de cedula  del presidente del barrio.
  3. Certificado de ser presidente del barrio, emitido por el Departamento de Promoción Popular. 
  4. Certificado simple actualizado de la Registraduría de la Propiedad del predio sirviente.

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