Fiscalización del Proyecto Regeneración Urbana (Desierto)

Se convoca a firmas consultoras nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, o compromisos de asociación o consorcio, legalmente capaces para contratar, para que presenten sus ofertas técnicas y económicas para la FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL CASCO URBANO CENTRAL DE LA CIUDAD DE LOJA.
 
El presupuesto referencial es de DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA  MIL SEISCIENTOS ONCE DÓLARES CON 45/100 CENTAVOS (USD 2.370.611,45 ),  dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de TREINTA (30) MESES, contados a partir de la fecha de inicio de los trabajos de la obra a fiscalizar.
 

Pliegos y Documentos Relevantes


Etapa de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones


Etapa de convalidación de errores


Etapa de calificación


Etapa de Negociación

Resolución de Proceso desierto

 

Comentarios

Buenos días,

Estimados envío las consultas relacionadas al proceso en cuestión:

1. En la tabla Nº 1 de Experiencia Específica en Trabajos Similares, en la página 35 del pliego de condiciones, se identifican los distintos puntos que se evalúan como experiencia específica del consultor. Agradeceríamos que nos confirmaran que para los puntos d) redes subterráneas de telefonía y fibra óptica y e) Redes subterráneas de energía eléctrica sirven fiscalizaciones de obras similares que no sean urbanas.

2. Para calcular el índice de Endeudamiento, en la página 31 del pliego de condiciones se indica: Índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Patrimonio (menor a 0.90); mientas que en la página 73 se indica: Nivel de Endeudamiento = Pasivo Exigible a Corto Plazo /Pasivo Total. Por favor indiquen cuál es la forma correcta para calcular el índice de endeudamiento.

Muchas gracias.

1. 4.1.9. Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos

de la oferta. En este epígrafe se indica que los índices financieros son

parámetros mínimos que deben cumplir con los valores indicados en el epígrafe

4.1.8, caso contrario serán descalificados. Sin embargo, la resolución del

SERCOP nº RE-SERCOP-2014-3 de 6 de febrero de 2014 establece que “los

índices financieros previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante

no constituyen requisitos mínimos de obligatorio cumplimiento”, que “el

incumplimiento de los índices financieros no será causal de rechazo de la oferta”

y que “el incumplimiento de los valores de los índices financieros establecidos

por la entidad contratante no será causal de rechazo de la oferta, por no ser

éstos requisitos mínimos de obligatorio cumplimiento”. Asimismo, en el epígrafe

2.3 de la sección II del pliego, página 58, se indica que “Los índices financieros

previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante, en caso de ser

considerados, no constituirán un requisito mínimo de obligatorio cumplimiento y

en consecuencia tendrán un carácter informativo.” Solicitamos confirmen que, de

acuerdo con la resolución del SERCOP, los índices financieros no forman parte de

los requisitos mínimos obligatorios.

2. 4.1.3. Experiencia general y especifica mínima del oferente, (pág. 27). Se

solicita que se incluya como documentos acreditativos para experiencia con

organismos públicos, copia de actas de recepción definitiva o acta provisional.

Rogamos dejen incluir como documentos acreditativos certificados de buena

ejecución emitidos por dichos organismo públicos, pues el documento que Vds.

están solicitando no es expedido habitualmente por las instituciones públicas de

nuestro país.

3. Se solicita que se considere como acreditación para la experiencia de los

profesionales, declaraciones de la empresa que certifiquen que los expertos han

desempeñado los trabajos que se incluyen en su CV, acompañados de

certificados de buena ejecución de la empresa referente al proyecto y de

documento que exprese el vínculo entre experto y empresa.

4. Entendemos que todos los documentos justificativos pueden presentarse en

copia simple.

5. 4.1.4 Experiencia mínima del personal técnico. En la página 28 del pliego,

se indica que el SUPERINTENDENTE DE FISCALIZACIÓN y JEFE DE

FISCALIZACION/ DIRECTOR DE FISCALIZACIÓN, deberán demostrar la

experiencia adquirida en calidad de Superintendente de fiscalización, Director de

fiscalización, fiscalizador, supervisor en obras de ingeniería civil o eléctrica,

elaboración de estudios de proyectos de ingeniería civil, en los últimos 10 años

(sumados), cuyo costo referencial haya sido igual o superior al 50% del valor del

presupuesto referencial del presente proceso y para el RESTO DE PERSONAL,

deberán demostrar la experiencia adquirida en calidad de director de

fiscalización, fiscalizador, supervisor (especialista en sus respectivas ramas) en

obras de ingeniería civil o eléctrica, elaboración de estudios de proyectos de

ingeniería civil, en los últimos 10 años(sumados), cuyo costo referencial haya

sido igual o superior al 40% del valor del presupuesto referencial del presente

proceso.

Se solicita para todos los profesionales que la mencionada experiencia se limite a

la suma de tres (3) proyectos.

6. Para el Superintendente de Fiscalización, se solicita Experiencia profesional

específica, asignando 5 puntos por cada proyecto como Superintendente de

Fiscalización, Director de Fiscalización, supervisor o fiscalizador y cuyo monto de

obra sea superior a $10, 000,000.00. Máximo: treinta (30) puntos.

Se solicita que se establezca una puntuación de 6 puntos por cada trabajo,

obteniéndose la máxima puntuación (30 puntos) con 5 trabajos cuyo monto de

obra sea superior a $10, 000,000.00

7. Para el Director de Fiscalización, se solicita Experiencia profesional específica,

asignando 5 puntos por cada proyecto en el que se haya desempeñado como

Superintendente de Fiscalización, Director de Fiscalización, supervisor o

fiscalizador y cuyo monto de obra sea superior a $5, 000,000.00. Máximo:

treinta (30) puntos.

Se solicita que se establezca una puntuación de 15 puntos por cada trabajo que

tenga monto de obra superior a $10.000.000, obteniéndose la máxima

puntuación (30 puntos) con 2 trabajos

8. Para los Ayudantes de Fiscalización, se solicita Experiencia profesional

específica en trabajos que demuestren experiencia como director de

fiscalización, fiscalizador, supervisor, residente en obras o elaboración de

estudios de proyectos similares, en los últimos 10 años (sumados), cuyo costo

referencial haya sido igual o superior al 25% del valor del presupuesto

referencial del presente proceso con un máximo de 30 puntos.

Se solicita que se establezca una puntuación de 6 puntos por cada trabajo que

tenga monto de obra superior al 25% del valor referencial, obteniéndose la

máxima puntuación (30 puntos) con 5 trabajos

9. Se sugiere que se elimine la puntuación por el Doctorado, dentro de la

puntuación académica.

10. Existe una incongruencia entre la disponibilidad de recursos en el punto 4.1.5 y

el 2.3.8. Por favor, aclarar cuál es el grupo de recursos correcto.

Archivo Adjunto: 

Señores
GAD Municipal de Loja

De mi consideración:

A continuación presento las preguntas y aclaraciones de las firmas CETEC SL. de nacionalidad española e HIDROPLAN Cía.Ltda. de nacionalidad ecuatoriana:

1. Para acreditar la experiencia general de las empresas, entendemos que se refiere al 80% del monto referencial del presupuesto de los estudios o de la fiscalización.

2. Para acreditar la experiencia específica de las empresas, numeral 4.2.2, agradeceré aclarar si, por ejemplo, para obtener los cuatro puntos en lo señalado en el literal a) Agua Potable, se deben acreditar cuatro proyectos de us 2´212.411,41 cada uno; o, con uno solo de ese valor, será suficiente para obtener los cuatro puntos establecidos para dicho item?.

3. Para la oferta económica y, en cuanto al personal auxiliar, favor aclarar si los proponentes podrán asignar el tiempo de participación que se considere conveniente para cumplir a cabalidad con sus responsabilidades y, a su vez, poder formular una oferta suficientemente competitiva?

4. Se podrá acreditar experiencia en proyectos que estando en ejecución presenten un avance igual o superior al 70%, en cuyo caso se solicita aceptar los certificados respectivos emitidos por la entidad contratante.

5. Considerando la dificultad para la actualización de los certificados emitidos por las entidades, se solicita eliminar el requisito de temporalidad de los certificados, permitiendo que su emisión sea mayor a los 365 días.

6. Se puede acreditar la experiencia específica como general o viceversa?

7. Se solicita que la experiencia del oferente y del personal técnico se pueda acreditar también con certificados emitidos por la entidad pública.

8. Cuáles son las tareas que deberán ejecutar los asesores financiero y jurídico dentro de la fiscalización del proyecto.

9. Las tareas de seguridad o guardianía generalmente se realizan con empresas especializadas para el efecto. SE solicita eliminar este requerimiento.

10. Los proyectos de regeneración urbana comprenden los componentes de redes de agua potable y alcantarillado, vías, aceras, electricidad, telecomunicaciones, parques, plazas, áreas verdes, mobiliario y equipamiento urbano, etc, componentes que en su mayoría tienen su propia valoración dentro de la calificación. En este sentido se solicita acotar el alcance de la regeneración urbana, por tanto disminuir el monto a acreditar o en su defecto eliminar el requerimiento.

En atención a la facultad constante en los pliegos del proceso de la referencia, Sección I Convocatoria, numeral 2, me dirijo cordialmente a usted, para plantear las siguientes consultas relacionadas con los pliegos del concurso:

1. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección II, numeral 2.3.7 (pág. 17 de los pliegos), se indica que “para el cumplimiento del plazo contractual la fiscalización deberá considerar lo siguiente, se dispone trabajar por 2 turnos diarios 7 días a la semana con al menos seis frentes de trabajo”. Esta instrucción tiene una implicación directa en los costos de personal, puesto que involucra por lo menos duplicar el número de residentes y eventualmente reconocer horas extras para especialistas. Estos valores deben ser costeados e incluidos en la oferta económica, Es correcta nuestra apreciación?

2. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección III, numeral 3.5 (pág. 23 de los pliegos), se dice textualmente que “para el caso de contrataciones de fiscalización de obra, los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios”. Esta indicación se refiere únicamente a la asignación de un “precio unitario” en los anexos del formulario 1.5 correspondiente a la Oferta Económica? Esto es valor mes de remuneración para cada persona, valor mes para cada ítem de viajes y viáticos, servicios, arrendamientos, etc?

3. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.2 (pág. 26 de los pliegos), se indica que para evaluar la experiencia del oferente, en caso de asociaciones, se sumará la experiencia de cada asociado hasta llegar al monto solicitado en los últimos 10 años. Y a continuación se dice que si las experiencias acreditadas corresponden a la participación en una asociación anterior, éstas serán válidas si en dicha asociación se tuvo una participación mayor al 30 %. En el caso de proyectos de gran magnitud como el presente, por lo general los niveles de participación de compañías consultoras locales ha sido menor al establecido, lo cual impediría acreditar experiencias, aún en el caso de que se tratara de grandes proyectos, por lo que solicitamos considerar una disminución de éste parámetro al 20 %.

4. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.2 (pág. 26 de los pliegos), bajo el subtítulo “personal auxiliar” y “administrativo”, consta un listado de cargos correspondientes al personal no clave requerido para la fiscalización. Al respecto se pregunta si necesariamente se debe cumplir con ese listado de cargos o si se puede asignar a criterio del oferente otros cargos en más o en menos?.

5. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.3.1 (pág. 27 de los pliegos), se indica que se considerará la experiencia general adquirida en fiscalización o estudios de obras de ingeniería civil en los últimos 10 años, cuyos montos correspondan al menos al 60 % del monto del presupuesto referencial. Al respecto se pregunta si esta cifra debe corresponder a un solo proyecto o a varios. En este último caso, hay un límite de proyectos para alcanzar ese valor o se puede presentar infinidad de proyectos hasta alcanzar o superar este parámetro?

6. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.3.2 (pág. 27 de los pliegos), igual que en el caso anterior, para la experiencia específica, se debe o puede presentar un solo proyecto o varios? Hay límite en cuanto al número de proyectos a presentar?

7. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.3.2 (pág. 28 de los pliegos), al final de este numeral, dentro del párrafo en donde se da indicaciones sobre las condiciones que debe tener un certificado en caso de experiencia adquirida en calidad de subcontratista, dice que “los certificados otorgados por la Entidad Contratante emitidos en los últimos 365 días”. Suponemos que esta indicación aplica exclusivamente para los certificados de experiencia como subcontratista y que el resto de documentos para certificación de experiencia del oferente así como del personal, será válido sin considerar su fecha de expedición. Es correcta nuestra apreciación?

8. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numerales 4.1.4; 4.2.1(pág. 28, 29, 34 de los pliegos), luego de la expresión “en los últimos 10 años”, aparece entre paréntesis la palabra “(sumados)”. Se pide aclarar el significado completo de la expresión.

9. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.7 (pág. 30 de los pliegos), se dice en cuanto a la valoración del Patrimonio del oferente que: “En caso de Asociación, cada miembro de esta deberá cumplir con esta obligación”. Al respecto se pide rectificar esta indicación, ya que por tratarse de un valor numérico (parámetro financiero) que se exige al oferente, éste será la suma de los patrimonios de los miembros que conforman la Asociación o Consorcio, siguiendo la política establecida en la Resolución 052-2011, artículo 13: Participación Nacional, local y evaluación de ofertas, literal b.2.

10. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.1.8 (pág. 31 de los pliegos), se dice en el párrafo final que: “Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medid, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación: …”. Sin embargo, más adelante en el numeral 4.1.9 se dice que: “Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos pasarán a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario, serán descalificadas..”. La primera indicación es la correcta, puesto que los pliegos modelos del SERCOP señalan que los índices financieros en procesos de contratación de consultoría, son solamente referenciales, por tanto no puede descalificarse a una oferta por incumplir alguno de ellos. Solicitamos incluir esta aclaración en lo que respecta a los índices financieros, exclusivamente, a más de que los índices a evaluarse deben ser los ponderados de la asociación y no los individuales de cada firma, en caso de asociación.

11. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.2.1 (pág. 34 de los pliegos) se indica que para evaluar la experiencia general (para puntuación), se considera la experiencia en los últimos 10 años (sumados?), en fiscalización o estudios de proyectos de ingeniería civil, cuyo presupuesto haya sido el 80% del monto del presupuesto referencial. Igual que en la pregunta 4 anterior, se pide aclarar si este valor se lo debe cumplir en un solo proyecto o en varios y si es en varios, en cuántos, ya que eso dice expresamente la indicación constante en el numeral 4.2 de los pliegos (pág. 32) párrafo 5 del recuadro.

12. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.2.2 (pág. 35 de los pliegos), bajo el subtítulo de Metodología de puntuación, se indica que el oferente obtendrá 4 puntos en el ítem agua potable (por ejemplo) si en los últimos 10 años ha fiscalizado proyectos cuyos montos de construcción sean iguales o superiores a un valor que depende de cada ítem. Igual que en las preguntas anteriores, se pide aclarar si este valor se debe cumplir en uno o varios proyectos y si es ésta última condición, en cuántos proyectos como máximo se puede certificar ese valor.

13. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.2.3 (pág. 36 de los pliegos y sucesivas), se indica que para los Ayudantes de Fiscalización, la experiencia específica a ser evaluada será aquella adquirida como “director de fiscalización, fiscalizador, supervisor, residente en obras o elaboración de estudios de proyectos similares ….”. Suponemos que hay un error de transcripción, tanto para este caso como para el resto de los profesionales que conforman el equipo técnico clave y lo que se debe demostrar es experiencia en cargos similares al que está propuesto en esta oferta, es decir para Ayudante de Fiscalización se debe demostrar experiencia en ese cargo o superiores, para Especialista en alguna área, experiencia como especialista en dicha área en contratos de fiscalización o estudios. Es correcta nuestra apreciación?

14. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.2.3 (pág. 36 de los pliegos y sucesivas), donde se plantea el sistema de calificación de la experiencia de los miembros del equipo técnico clave, no se indica en cuántos proyectos se debe alcanzar el porcentaje del presupuesto referencial de este proceso, que se describe para cada caso. Debe ser en un solo proyecto o en varios? Y si es en varios en cuantos como máximo?

15. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.2.3 (págs. 36, 37, 38 y 39 de los pliegos), se indica que para calificar la experiencia del Superintendente de Fiscalización y del Director de Fiscalización, se asignará 5 puntos por cada proyecto similar cuyo monto de obra sea superior a US$ 10 millones y US$ 5 millones respectivamente. Al respecto se pregunta: cada proyecto puntuable debe ser de esos montos o en conjunto, un total de 6, deben superar ese valor?

16. En las Condiciones Particulares de los procedimientos de consultoría, Sección IV, numeral 4.2.3 (págs. 39, 40, 41, 42, 43 y 45 de los pliegos), al dar las indicaciones para calificar la experiencia profesional de varios integrantes del equipo técnico clave, se dice que se calificará la experiencia como director …..en los últimos 10 años (sumados?), cuyo costo referencial haya sido igual o superior al xx % del valor del presupuesto referencial del presente proceso con un máximo de 30 puntos, sin embargo no se dice si esta condición debe ser expresada en un proyecto o en varios proyectos y si es ésta última característica, en cuántos proyectos como máximo. Solicitamos cordialmente hacer esta aclaración.

Agradecemos de antemano por la atención que se brinde a este requerimiento.

Archivo Adjunto: 

Por medio de la presente, solicito a Ud., se absuelvan las siguientes preguntas del proceso de la referencia:
1) Respecto a la metodología cumple/no cumple del personal técnico clave (pág. 25), indica: “se detallará la experiencia en trabajos similares y se anexarán copias de las Actas de Recepción (provisional o definitiva) que comprueben la información presentada para el caso de proyectos en el sector público; o para el caso de proyectos en el sector privado, una certificación que deberá tener una breve descripción del proyecto, que incluya las actividades que fueron contratadas para la ejecución del mismo, el monto de la obra y el cargo que el profesional haya tenido en el proyecto”; por lo que, se solicita que para acreditar la experiencia del personal, tanto en el sector público y privado sean válidas las certificaciones, debido a que, generalmente, las consultoras otorgan certificaciones a los profesionales, más no las Actas de Recepción de los proyectos en los que han laborado.
2) Para avalar la experiencia general y específica del oferente, los pliegos indican: “La ejecución de obras será acreditada con las actas de entrega-recepción provisional o definitiva, mediante copias simples, en el caso de haber ejecutado los proyectos para la empresa pública; y, certificaciones que indiquen los trabajos realizados y el monto del proyecto, en caso de ser proyectos realizados con la empresa privada.”; por lo que, se solicita que para acreditar la experiencia del oferente, tanto en el sector privado y público, sean válidas las certificaciones. Este requerimiento se debe, a que algunas empresas públicas, incluyen dentro de las actividades de fiscalización el mantenimiento de las obras; y, a pesar de que la obra está concluida y operativa, no se otorga el Acta de Recepción a la Fiscalización hasta que se cierre el de la constructora, pese a estar terminados los trabajos.

3) Los documentos que se presentarán en la oferta serán en copias simples o en copias notariadas? Se solicita esta aclaración, dado, que en la página 28 de los pliegos se indica que son copias simples y en la página 53 se indica que serán originales o copias notariadas.
4) Para el caso de Asociaciones, ¿cómo serán evaluados los índices financieros, mediante un ponderado de las asociadas o cada miembro debe cumplir con los indicadores solicitados?
5) En la tabla N°1 de experiencia en trabajos similares, los montos de construcción por cada componente podrán ser cubiertos con la sumatoria de varios proyectos, ¿es correcta nuestra apreciación?
6) En el caso de que se hayan fiscalizado proyectos integrales, donde consten más de un componente indicado en la tabla N°1 de experiencia en trabajos similares; estos proyectos ¿podrán ser desglosados por componente y sumado en el ítem correspondiente?
7) Para el caso de la evaluación por puntaje del Superintendente de Fiscalización y Director de Fiscalización, el monto de obra solicitado $10,000,000.00, y $5,000,000.00 respectivamente; podrá ser avalado mediante la sumatorio de varios proyectos (máximo 6) ¿es correcta nuestra apreciación?
8) Para el caso de la evaluación por puntaje del Especialista Ambiental y Especialista en Seguridad Industrial, el monto de obra solicitado $200,000.00; podrá ser avalado mediante la sumatorio de varios proyectos (máximo 6) ¿es correcta nuestra apreciación?
9) Para el caso de la evaluación por puntaje del Ingeniero en Electrónica y Telecomunicaciones, el monto de obra solicitado en el componente d) de la tabla N°1; podrá ser avalado mediante la sumatorio de varios proyectos (máximo 6) ¿es correcta nuestra apreciación?
10) Para el caso de los oferentes que se presenten en Asociación, ¿se tendrá que adjuntar a la oferta, el compromiso de Asociación suscrito mediante escritura pública?

Archivo Adjunto: 

1. Una de las actividades de los servicios de Fiscalización (Pag. 9 numeral 2.3.3 Alcances, párrafo 4), Revisión y actualización de todos y cada uno de los planos, especificaciones, cronogramas de ejecución y de cualquier otro documento del Contrato de Construcción que lo requiera. Solicitamos se nos facilite el proyecto constructivo para poder sr revisado y conocer si los estudios cuentan con el 100% determinado para su construcción.

2. Solicitamos nos indiquen el nombre de la constructora que ejecutará este proyecto y si ya se firmó este contrato.

3. Solicitamos el Acta de Recepción Definitiva de los Estudios en donde muy seguramente consta los productos aceptados por la Municipalidad como son informes, planos y que ratificarían el alcance de este proyecto.

4. Solicitamos el cronograma de construcción, de ejecución de obra y valorado, en el que conste el presupuesto de la obra “Construcción del Plan de Ordenamiento y desarrollo sostenible del casco urbano central de la ciudad de Loja”.

5. La página 32, del numeral 4.1.9 Verificación de cumplimento de integridad y requisitos mínimo de la oferta. Último Párrafo (índices financieros), textualmente: aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos pasaran a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificados, exclusivamente para el Concurso Público. Solicitamos acoger la resolución No. RE-SERCOP-2014-00003 del 06 de febrero del 2014, en donde se instruye dentro de las DISPOSICIONES GENERALES, PRIMERA. Cuarto párrafo, textualmente: El incumplimiento de los valores de los índices financieros establecidos por la entidad contratante no será causal de rechazo para la determinación de las capacidades técnicas, económico – financieros y/o jurídicas de los participantes y sus ofertas.

6. Favor ratificar que para la legalización del consorcio o asociación de un oferente sea aceptado el documento legal (compromiso de asociación) conforme a la Resolución No. 052-2011 del SERCOP.

7. Acorde al numeral 4.1.3 experiencia general y especifica mínima del oferente solicitamos que los certificados que acreditan dichas experiencias sean aceptadas las que sea emitidas por el cliente considerándose que son certificaciones ya emitidas por autoridad competente, que muy posiblemente en algunas, dichos funcionarios no acostumbran a emitir doble certificación y en otros casos hay clientes que han dejado de actuar y no es posible su firma dentro de los últimos 365 días.

8. Conforme el requerimiento que hace referencia, Si el oferente presenta experiencias anteriores (general, específica), ésta se acreditará presentado la constitución legal del consorcio en la que se demuestre que su participación (acciones), fue superior al 30%. Solicitamos que dado que existen Certificados de Buena Ejecución emitidos por el Cliente donde se indica la participación de cada uno de los consorciados dentro del Consorcio, se elimine presentar la constitución legal del consorcio, ya que queda innecesaria.

9. En cuanto al numeral 4.2.3 Experiencia del Personal Técnico, Solicitamos disminuir la cantidad solicitada de proyectos (Seis) para cumplir el máximo de puntuación (30 puntos, Pag. 37), solicitud hecha ya que proyectos de USD. 10.000.000 no son permanentes en este tipo de obras de ingeniería.

10. En cuanto al numeral 4.2.3 Experiencia del Personal Técnico SUPERINTENDENTE DE FISCALIZACIÓN (Pag. 37) Solicitamos que al requerir seis proyectos valorados en USD. 10.000.000 cada uno para el puntaje de 30 puntos máximos, sea aceptado un certificado que superen los USD. 60.000.000 y de igual manera obtener los 30 puntos.

11. En cuanto al numeral 4.2.3 Experiencia del Personal Técnico DIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (Pag. 38) Solicitamos que al requerir seis proyectos valorados en USD. 5.000.000 cada uno para el puntaje de 30 puntos máximos, sea aceptado un certificado que superen los USD. 30.000.000 y de igual manera obtener los 30 puntos.

12. Acorde al numeral 4.1.3 experiencia general y especifica mínima del oferente; Solicitamos que para certificados en donde conste el valor de la obra de construcción sean aceptados el 5% de dicho valor como certificado de la supervisión o fiscalización ejecutada.

13. En cuanto al numeral 4.2.3 Experiencia del Personal Técnico; Solicitados que todo certificado a ser presentado de dichos profesionales sean aceptados más allá de los 365 días que indica el pliego, consideración hecha basándonos en que los profesionales no pueden duplicar ya certificados obtenidos.

Archivo Adjunto: 

1. Para justificar la experiencia general, específica y del personal clave, en el caso de trabajos realizados para la administración, ¿se admitirán certificados de buena ejecución, además de actas de entrega/recepción? En caso de certificados emitidos en España, ¿habrán de ir apostillados?
2. Los certificados a aportar con la oferta, ¿podrán ser copias simples?
3. En el caso de que los montos que figuran en los certificados, estén expresados en Euros, ¿cuál será el criterio para obtener los montos en USD$?
4. En los pliegos se especifica que se trabajará en dos turnos/día, 7 días a la semana. ¿Se distribuirán los turnos entre el personal clave especificado en pliegos, sin necesidad de contratar personal adicional?
5. Respecto a la lista de personal auxiliar, ¿será obligatorio mantener en nómina, en todo momento y como mínimo, al personal especificado en pliegos?
6. En el apartado de trabajos similares, ¿podrían aclarar a que se refieren proyectos de regeneración urbana?
7. Las exigencias de patrimonio e índices económico-financieros, ¿deben ser cumplidas por todos los miembros del consorcio?
8. En la pag. 37 Experiencia Profesional Específica, ¿cada uno de los proyectos debe tener un monto superior a $10.000.000, o bien, la suma de los montos debe ser superior a $10.000.000?
9. En la pag. 38 Experiencia Profesional Específica, ¿cada uno de los proyectos debe tener un monto superior a $5.000.000, o bien, la suma de los montos debe ser superior a $5.000.000?
10. En la pag. 39 Experiencia Profesional Específica, ¿cada uno de los proyectos debe tener un costo referencial superior al 25% del valor presupuestario referencia, o bien, la suma de los costos referenciales debe ser superior al 25% del valor presupuestario referencia? ¿con costo referencial se refiere al monto del contrato de fiscalización o de elaboración de estudios?
11. Como trabajos similares en obras de infraestructura de canalización de ductos soterrados, ¿se admitirán trabajos en proyectos de urbanización?

Archivo Adjunto: 

Quito, D.M., 21 de mayo de 2015

Doctor
José Bolívar Castillo Vivanco
ALCALDE DEL CANTÓN LOJA
Presente.-

Referencia: “FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL CASCO URBANO CENTRAL DE LA CIUDAD DE LOJA”.

De mis consideraciones:

En atención al Concurso Público Internacional de Consultoría CPI-ML-CAF-REG-01-2015 “FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL CASCO URBANO CENTRAL DE LA CIUDAD DE LOJA”, y conforme al cronograma del proceso queremos hacer llegar la siguiente consulta y requerimiento:

1. Dada la importancia de esta convocatoria y con el ánimo de realizar una excelente organización y revisión de los documentos precontractuales para elaborar la propuesta de la mejor manera cumpliéndose con todos los requerimientos establecidos y tratándose de una compañía Internacional, solicitamos ampliar el plazo de 15 días para la presentación de la misma. Gracias.

Atentamente,

Nicola Ruga
Apoderado
GEODATA Engineering S.p.A

Archivo Adjunto: 

A continuación las preguntas respecto al proceso.

Archivo Adjunto: