Sanciones para quienes no ceden el paso en emergencias

En la ciudad se ha hecho común escuchar a diario las alarmas de patrullas o ambulancias que se desplazan a atender emergencias, siendo necesario la colaboración de la ciudadanía, especialmente de los conductores.

De acuerdo al Reglamento de Tránsito en el Art. 214 los vehículos de socorro que acuden al llamado de una emergencia y llevan encendida la baliza  pueden circular de forma oportuna y segura, incluso invadir vías tomando en cuenta las precauciones del caso.

Marlon Severino, jefe de la Unidad de Control Operativo de Tránsito, señaló que en estos casos los conductores de vehículos particulares están en la obligación de ceder el paso a  los automotores de emergencia como son ambulancias, patrulleros, autobombas.

Quienes incumplan con este tipo de situaciones se ven inmersos en contravenciones de tránsito que se registran en el Art. 390 y que dispone una sanción del pago del 15% de un salario básico y la reducción de 4.5 puntos en la licencia de conducir por no ceder el paso.