Resolución Reformatoria a la Resolución Nro. CML-008-2025
Art. 1.- Sustitúyase la Disposición General Segunda por el siguiente texto: “SEGUNDO.- Para la autorización de la ocupación de la vía pública para nuevas compañías de transporte comercial de carga liviana y de transporte mixto, debe presentarse el estudio técnico de factibilidad pertinente realizado por la Institución que corresponda. (…)”
Número:
CML-006-2026
Directorio:
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Fecha de Publicación:
Jueves, Mayo 14, 2026