Resolución Reformatoria a la Resolución Nro. CML-008-2025

Art. 1.- Sustitúyase la Disposición General Segunda por el siguiente texto: “SEGUNDO.- Para la autorización de la ocupación de la vía pública para nuevas compañías de transporte comercial de carga liviana y de transporte mixto, debe presentarse el estudio técnico de factibilidad pertinente realizado por la Institución que corresponda. (…)”

 

Número: 
CML-006-2026
Directorio: 
Fecha de Publicación: 
Jueves, Mayo 14, 2026