El Certificado de factibilidad para actividades que generen contaminación determina si es factible o no la realización de actividades contaminantes como Mecánicas automotrices, Mecánicas en general, lavadoras de vehículos, lubricadoras, vulcanizadoras, talleres de pintura. Carpinterías, aserríos, cerrajerías metálicas, servicio de detailing, ladrilleras, etc.
- Solicitud en especie valorada dirigida al Jefe de Regulación y Control Urbano suscrita por el interesado, incluir número de teléfonos, correos electrónicos del solicitante y proyectista.
- Copia de planos arquitectónicos aprobados y/o distribución interna.
- Informe favorable de Asignación y/o Compatibilidad de Uso de Suelo con su radio de influencia respectivo.
- Registro Ambiental de ser el caso.
- Fotografía del establecimiento o local.
- Copia de la cédula del interesado.
- Copia del pago del predio urbano vigente del predio solicitado.
- Pago de la tasa administrativa por emisión del Certificado de factibilidad (2 % del Salario Básico Unificado).
Nota: Los requisitos se ajustan al Art. 245 de la Ordenanza 0070-2025, inscripción en el Registro Oficial bajo el número 104 del 24 de abril de 2025.
No requiere presentar carpeta.