
De conformidad a lo que establece el Art.119 del Código Municipal de Higiene y Abastos, la Junta de Remates del Municipio de Loja, pone a consideración de las personas naturales y jurídicas locales municipales para arrendar.
Varios son los locales existentes en locaciones municipales de la ciudad y parroquias rurales del cantón para ser adjudicados a los interesados.
















