Enviado por Roberto Alvarado en Vie, 29/09/2017 - 18:25
La Ordenanza Municipal es clara. En el artículo 7 y 8, literal a se prohíbe terminantemente el consumo de alcohol en los espacios públicos. Por tal razón, aquella persona que infrinja deberá cumplir trabajo comunitario o pagar multas económicas. Los controles se intensifican.
Aun es común, observar a adolescentes, jóvenes y adultos, por ejemplo, en áreas de atracción turística o cualquier espacio público en general ingiriendo alcohol, sobre todo los fines de semana.