Sanciones drásticas para quienes conducen en estado etílico

El Municipio de Loja con el fin de sumar a la campaña de control de libadores en los espacios  públicos ha activado a todas las áreas para que intensifiquen los operativos y así contribuir a  la paz ciudadana.

Bajo este criterio no quedan exentos los agentes de tránsito, quienes en sus jornadas de control serán más exigentes con los conductores, sobre todo aquellos que van en estado etílico.

Manuel Marín, subjefe administrativo de la UCOT, señaló que el Art. 385 del COIP estipula diferentes sanciones, por ejemplo, si se detecta entre 0.3 a 0.8 gramos de alcohol por litro de sangre, la sanción es prisión para el conductor por cinco días, el pago de un salario básico unificado y la reducción de cinco puntos en la licencia.

Para quienes superan de 0.8 hasta 1.2 gramos de alcohol hay privación de la libertad por quince días, cancelar dos salarios y diez puntos menos en la licencia.

Mientras que aquellos que superan el 1.2 gramos  la sanción es prisión por 30 días, el pago de tres salarios y suspensión de la licencia por sesenta días.  En caso de ser reincidentes la sanción es el doble.

En el caso de los conductores de transporte público y comercial el nivel de alcohol debe ser cero y de encontrarse en estado etílico hay drásticas sanciones como prisión por 90 días y se baja todos los puntos en la licencia.